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  • Foto del escritorFernando Jiménez Fontana

Titulación exigida para el acceso a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia

El primer paso para planificar la preparación de las oposiciones a la Administración de Justicia es conocer la titulación que se requiere para poder participar en las pruebas de selección.


En el caso de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia - cuyo cometido esencial consiste en realizar tareas de contenido procesal y las funciones administrativas vinculadas a éstas - la titulación requerida es la siguiente:


CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA


El Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa colabora en la actividad procesal de nivel superior, e igualmente realiza tareas procesales propias.


Para el acceso a este Cuerpo se exigirá estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o título equivalente.


CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA


El Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa realiza actividades de apoyo a la gestión procesal, según el nivel de especialización del puesto desempeñado.


Para el acceso a este Cuerpo se exigirá estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o Técnico, o título equivalente de conformidad con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009 de 10 de junio (BOE de 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.


CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL


El Cuerpo de Auxilio Judicial, con carácter general, realiza cuantas tareas tengan carácter de auxilio a la actividad de los órganos judiciales.


Para acceder a este Cuerpo se exigirá estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o título equivalente de conformidad con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009 de 10 de junio (BOE de 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.


 

Titulaciones obtenidas en el extranjero.


En relación a la titulación de acceso a cualquiera de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia debe tenerse en cuenta que, tratándose de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.


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